DDU (Entregada Derechos No
Pagados / Delivered Duty Unpaid)
Esta interpretación solamente la ofrecemos como guía.
No le recomendamos que la use comercialmente. Si tiene alguna duda
contacte con nosotros o llámenos
al 963670052.
Es conveniente tener precaución al utilizar términos
prefijados D con créditos documentarios, pues pocos documentos
están preparados para registrar el traspaso de riesgos a la
llegada.
DDU (Entregada Derechos No Pagados / Delivered Duty Unpaid)
es un término Multimodal que debe ser cualificado nombrando
el lugar hasta el cual el Vendedor está dispuesto para asumir
la responsabilidad de los costes de transporte, y de los riesgos
correspondientes del tránsito. Esto está excluyendo
el pago de derechos locales en el país del Comprador y cualquier
carga subordinada asociada al proceso de despacho de importación
en destino.
DDU guarda a menudo correlación financieramente con CPT.
Pero para el Comprador DDU representa CPT sin las desventajas de
situar riesgos en el Comprador, sobre los que no tiene ningún
control. Desde la perspectiva del Vendedor, DDU invierte las ventajas
del riesgo de CPT, poniendo todos los riesgos del lado del Vendedor
hasta que la carga llega al puerto designado.
Como con todos los términos que empiezan por "D",
este término no es fácil de utilizar conjuntamente
con un crédito documentario y en el caso de DDP
esta dificultad en el pago se extiende a cualquier forma de documento
de Cambio. Como término Multimodal, DDP requiere el uso de
los documentos del transporte Multimodal sobre los documentos Monomodales,
tales como conocimientos de embarque o Airwaybills.
Los Vendedores deben advertir que el pago de derechos y de impuestos
extranjeros puede ser contrario a las regulaciones del control de
Cambios de su país y que deben buscar la aclaración
en este punto de su banco o de la autoridad competente. Debe tenerse
en cuenta La posibilidad de retrasos en tránsito y cualquier
gasto resultante de almacenajes (si el Comprador no despacha a tiempo
tiempo).
El Vendedor debe estar igualmente enterado de las gastos adicionales
que pueden ser debidos como resultado del pago de los impuestos
locales que no llegan a la categoría del derechos de Aduanas
(duty), pero sin embargo son pagaderos antes de entregar DDU (y
DDP). Está relacionado con las expresiones genéricas
como "free domicile", "franco domicile" y "free
house", que se utilizan con frecuencia en la industria del
transporte, los cuales deben ser evitados debido a su naturaleza
ambigua.
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